El 6 de marzo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el documento con los “Lineamientos generales para el establecimiento de acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones” (Lineamientos de Integridad y Ética).

Posteriormente, el 20 de agosto de 2015 se publicaron también en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública" y "Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés". De este modo, en cumplimiento con el numeral 6, incisos e), h), k), o) último párrafo, así como el numeral 12 de los "Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés", se hizo obligatoria la publicación de información como la siguiente:

  1. Resultados y evaluación de cumplimiento de los Códigos de Ética y de Conducta,

  2. Procedimiento de recepción y atención de los incumplimientos al Código de Conducta,

  3. Contenidos del Código de Ética, de las Reglas de Integridad y del Código de Conducta,

  4. Informe anual de actividades del Comité de Ética, e

  5. Integración del Comité y demás información relacionada con dichos Comités, como lo son las medidas necesarias que deberán tomar los Comités para asegurar la difusión y comunicación de las actividades, objetivos y resultados de los Comités.

Recientemente, el 5 de febrero de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se emite el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal", el cual, entre otras cosas, abroga al Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015 y señala que las dependencias, entidades y empresas productivas del Estado deberán emitir sus respectivos Códigos de Conducta en un plazo no mayor a los 90 días naturales siguientes a la emisión de la guía que, para la elaboración del Código de Conducta, emita la Unidad de Ética, Integridad Pública y Prevención de Conflictos de Intereses de la Secretaría de la Función Pública. También se puede ver un video donde se invita a conocer este nuevo Código de Ética.

Por lo tanto, se presenta la siguiente información relacionada con el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés en CNSNS:

Si usted requiere mayor información sobre este tema, puede contactar al personal que integra el Comité de Ética de la CNSNS (comite.etica@cnsns.gob.mx), además de visitar las siguientes páginas:

www.gob.mx/presidencia

www.gob.mx/sfp

www.anticorrupcion.gob.mx

sna.org.mx

cpc.org.mx

www.inai.org.mx

www.transparency.org