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Ratificación de Firmas

Acto jurídico mediante el cual, el obligado solidario en un contrato de fianza o seguro de caución, ratifica su voluntad de otorgar un inmueble de su propiedad en garantía, asentando su firma ante un funcionario de la CNSF.

Comisión Nacional de Seguros y Fianzas | 06 de abril de 2016

Para el trámite para la ratificación de firmas ante la Comisión para la afectación en garantía, se deberá presentar el contrato-solicitud o el documento que utilicen las Instituciones relacionado con la oferta, solicitud o contratación del seguro de caución o de la fianza (4 tantos), debiendo contener:

I.             Ubicación y datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad del inmueble objeto de afectación;

II.            Nombre completo y domicilio actual de los contratantes del seguro de caución, fiados, obligados solidarios o contrafiadores;

III.           Nombre completo y domicilio actual del asegurado o beneficiario.  Para el caso específico del contrato de fianza y por lo que se refiere a contratos-solicitud múltiples en los que intervienen varios beneficiarios y al amparo del cual se emitan diversas pólizas de fianza, quedará  bajo la responsabilidad de la Institución de que se trate el registro de los mismos;

IV.          Nombre completo, domicilio y firma del funcionario responsable de la emisión del contrato-solicitud o del documento que utilice la Institución, relacionado con la oferta, solicitud o contratación del seguro de caución o de la fianza, y

V.           Fecha de emisión del contrato-solicitud o del documento que las Instituciones utilicen relacionado con la oferta, solicitud o contratación del seguro de caución o de la fianza, fecha que no deberá exceder de quince días hábiles anteriores a la fecha de su presentación ante la Comisión.

Las personas físicas que afecten bienes inmuebles en garantía para el cumplimiento de las obligaciones que contraigan con las Instituciones, deberán presentar adicionalmente al contrato-solicitud o al documento relacionado con la oferta, solicitud o contratación del seguro de caución o de la fianza, la documentación siguiente:

I.             Original y copia de identificación oficial vigente, que contenga nombre, fotografía y firma, y

II.            Copia certificada del acta de matrimonio, en su caso. En el supuesto de estar casados bajo el régimen de sociedad conyugal, deberán presentarse ambos cónyuges a firmar.

Asimismo, manifestarán bajo protesta de decir verdad su estado civil, hecho que se hará constar en el documento en el que se realice la certificación de la ratificación de firmas.

Las personas morales que afecten bienes inmuebles en garantía para el cumplimiento de las obligaciones que contraigan con las Instituciones, o personas físicas que designen apoderados, deberán presentar adicionalmente al contrato-solicitud o al documento relacionado con la oferta, solicitud o contratación del seguro de caución o de la fianza, la documentación siguiente:

I.             Original y copia de identificación oficial vigente del representante legal o apoderado, en la que se contenga nombre, fotografía y firma, y

II.            Original o copia certificada del acta constitutiva de la persona moral o, en su caso, testimonio o poder en donde se consigne poder general o especial para ejercer actos de dominio, a nombre del representante legal o apoderado, en los términos del Código Civil del Distrito Federal o su correlativo en los estados de la República Mexicana.

Los trámites a que se refiere el presente Capítulo podrán realizarse en las oficinas centrales de la Comisión o en sus Delegaciones Regionales, empleando el Sistema de Citas y Registro de Personas.

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