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Ajustadores de Seguros Registro y Renovación de registro

Las Instituciones de Seguros sólo podrán designar como ajustadores de seguros relacionados con contratos de adhesión, a las personas registradas ante la Comisión; tal registro, tendrá una vigencia de tres años y se emitirá a solicitud del interesado, la institución o las personas morales.

Comisión Nacional de Seguros y Fianzas | 06 de abril de 2016

Para obtener el registro como Ajustador de Seguros, se deberá presentar ante la CNSF una solicitud en términos de lo señalado en el Anexo 36.1.2.  La referida solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

I.             Fotografía reciente tamaño infantil a color del solicitante;

II.            Copia fotostática de identificación oficial, vigente, con fotografía;

III.           Dirección de correo electrónico;

IV.          Copia fotostática del acta de nacimiento o, en su defecto, de la cartilla del Servicio Militar Nacional o del pasaporte vigente;

V.           Constancias emitidas por una Institución de Seguros o Sociedad Mutualista que acredite la verificación del cumplimiento de los requisitos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 110 de la LISF.

VI.          Copia fotostática de la Clave Única de Registro de Población;

VII.         Copia fotostática de la Cédula de Identificación Fiscal o, en su defecto, del Alta ante el Servicio de Administración Tributaria, del Formato de Aviso de Modificación de Salarios del Trabajador emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, o del comprobante de aportación al Sistema de Ahorro para el Retiro, y

VIII.        Copia fotostática del comprobante de domicilio, con una antigüedad máxima de tres meses, que podrá ser boleta de pago de impuesto predial, recibo de pago de renta, agua, teléfono, luz, gas o estados de cuenta emitidos por institución financiera.

En el caso de solicitantes de origen extranjero, adicional a la documentación anteriormente señalada, deberá integrarse a su expediente copia de la forma migratoria que permita realizar la actividad en territorio nacional, o de la carta de naturalización.

Tratándose de personas físicas, la presentación de la solicitud y documentación a que se refiere esta Disposición, se hará a través del Sistema de Citas y Registro de Personas, tratándose de Instituciones de Seguros o Sociedades Mutualistas, la presentación de la solicitud y documentación a que se refiere esta Disposición, será a través del SEIVE, y tratándose de ajustadores persona moral, la presentación de la solicitud y documentación, se apegará al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1 y 39.6 de la CUSF.

El registro de Ajustador de Seguros a que se refiere la Disposición 36.1.1, deberá ser renovado dentro de los sesenta días naturales anteriores a la fecha de su vencimiento, a solicitud del interesado, por conducto del ajustador persona moral para el que preste sus servicios o bien, a través de las Instituciones de Seguros o Sociedades Mutualistas, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales aplicables.

El registro es gratuito.

RENOVACIÓN DE REGISTRO DE AJUSTADORES

El registro de ajustador de seguros deberá ser renovado dentro de los 60 días naturales anteriores a la fecha de su vencimiento.  Sólo son susceptibles de renovarse aquellos registros que se encuentren vigentes (no vencidos) y que refieran a categorías ya registradas.

Presentar una solicitud (Anexo 36.1.2.) acompañando lo siguiente:

I.            Fotografía reciente tamaño infantil a color del solicitante;

II.           Copia fotostática de identificación oficial, vigente, con fotografía;

III.          Constancia emitida por una Institución de Seguros o Sociedad Mutualista que acredite la verificación de la honorabilidad a través del historial crediticio satisfactorio a su criterio, emitido por una sociedad de información crediticia, conforme a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y

IV.          Copia fotostática del comprobante de domicilio, con una antigüedad máxima de tres meses, que podrá ser boleta de pago de impuesto predial, recibo de pago de renta, agua, teléfono, luz, gas o estados de cuenta emitidos por institución financiera.

Para solicitantes de origen extranjero, adicional a la documentación anteriormente señalada, deberá integrarse a su expediente copia de la forma migratoria que permita realizar la actividad en territorio nacional, o de la carta de naturalización.

El trámite es gratuito.

La información relativa a este trámite deberá incluir los siguientes 4 archivos en carpeta comprimida .ZIP:

1.           Archivo de expediente en formato .PDF (documentación marcada con los números II, III y IV, anteriores así como la documentación migratoria).

2.           Archivo de datos en formato .TXT (con la información del o los ajustadores, según sea el caso).

3.           Archivos de foto y firma en formato .JPG (la fotografía a que se refiere el número I anterior y la firma escaneada en fondo blanco y plumón negro).

Las modalidades o proceso de renovación del registro, atenderán a la persona que solicite el trámite, ya sea persona física, ajustador persona moral o Institución o Sociedad Mutualista de Seguros de la siguiente manera.

Personas físicas: Sistema de Citas y Registro de Personas (SICREP)

Instituciones o Sociedades Mutualistas de Seguros: SEIVE

Ajustadores de seguros persona moral: Por medio de la presentación física de los documentos y archivos electrónicos en las oficinas de la CNSF apegándose al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1 y 39.6 de la CUSF.

La presentación de los documentos deberá hacerse de la manera en que para cada tipo de solicitante lo establece el ANEXO 36.1.2 de la Circular Única de Seguros y Fianzas https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/74747/ANEXO_36.1.2.pdf

Última actualización al 31/03/2019.

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