• Debido a los recientes daños causados por el fenómeno meteorológico “Odile”, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emite con carácter temporal, criterios contables especiales, aplicables a instituciones de crédito, respecto de los créditos al consumo, de vivienda y comerciales, para los clientes que tengan su domicilio o los créditos cuya fuente de pago se encuentre en las zonas afectadas en diversas localidades de Baja California Sur, declaradas por la Secretaría de Gobernación como zonas de desastre natural.

Los criterios contables especiales, se dan en respuesta a la solicitud de autorización de la Asociación de Bancos de México (ABM), para que las instituciones bancarias del país, lleven a cabo la implementación de diversos programas dirigidos a los acreditados afectados por “Odile”.

El apoyo que ofrecerán las instituciones de crédito variarán de acuerdo a las mecánicas de implementación de cada crédito y de las condiciones particulares de cada acreditado.

En términos generales el apoyo consistirá en el diferimiento parcial o total de pagos de capital y/o intereses hasta por tres meses, respecto a la totalidad del monto exigible incluyendo accesorio. Los saldos se podrán congelar sin cargo de intereses o  se capitalizarán. Lo anterior, resultará aplicable siempre y cuando el crédito se encuentre clasificado contablemente como vigente a la fecha del siniestro establecida en la declaratoria. Este apoyo aplica a los créditos a la vivienda con garantía hipotecaria, créditos revolventes y no revolventes dirigidos a personas físicas, tales como: crédito automotriz, créditos personales, crédito de nómina, tarjeta de crédito y microcrédito; así como para los créditos comerciales dirigidos a personas morales o personas físicas con actividad empresarial en sus diferentes modalidades, con énfasis en el crédito PyME.

En el caso de créditos agropecuarios, las instituciones de crédito se adhieren en el ámbito de su competencia al “Programa Permanente de Apoyo a las Zonas Afectadas por Desastres Naturales” del FIRA, el cual contempla la utilización de prórrogas, recalendarizaciones, reestructuraciones, consolidación de adeudos y asistencia técnica hasta por tres meses en los municipios declarados zona de desastre.