• Al cierre de marzo de 2017, el Índice de Capitalización (ICAP) de las uniones de crédito se ubicó en 17.16%[i].
  • De acuerdo con las Disposiciones de carácter general aplicables a los almacenes generales de depósito, casas de cambio, uniones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas (Disposiciones), las uniones de crédito deberán cumplir con un requerimiento mínimo de ICAP de 8.00%.
  • De las 89 uniones de crédito en operación a marzo de 2017, se publican cifras de las 86 entidades que enviaron información en tiempo y forma[ii].
  • En el caso de aquellas uniones de crédito que en la última información presentada registraron un ICAP inferior al requerimiento mínimo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) realiza las acciones de supervisión correspondientes para que cumplan los niveles que garanticen su solvencia y para que restauren su capital. En caso de no cumplir con dichas acciones de restauración del capital, la CNBV sancionará o revocará la licencia de operación de la entidad, dependiendo de la circunstancia y de conformidad con el marco legal aplicable.
 

[i]  Cifras actualizadas con información enviada hasta al 16 de mayo de 2017. Debido a reenvíos de información posterior al cierre, las cifras presentadas son susceptibles de presentar cambios posteriores.

[ii] Las tres entidades que no enviaron información en tiempo y forma de marzo de 2017 fueron: Unión de Crédito Vidacredit, Valora Unión de Crédito, Unión de Crédito Agrícola y Ganadero del Estado de Yucatán.

El retraso en la entrega de información contraviene lo establecido en las Disposiciones, lo cual podría ser objeto de sanción.