Centro Cambiario

Se denomina Centro Cambiario a la sociedade anónima organizada de conformidad con lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles, que obtengan su Inscripción en el Registro de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero y que realice de forma habitual y profesional, compra venta de billetes, piezas acuñadas y metales comunes, con curso legal en el país de emisión, de cheques de viajero, de piezas metálicas acuñadas en forma de moneda y de documentos a la vista denominados y pagaderos en moneda extranjera, en los términos a que se refiere el artículo 81-A de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Transmisor de Dinero

Se denomina Transmisor de Dinero a la sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada organizada de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Sociedades Mercantiles, que obtenga su Inscripción en el Registro de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero y que realice de manera habitual y a cambio del pago de una contraprestación, comisión, beneficio o ganancia, recibe en territorio nacional derechos o recursos en moneda nacional o divisas, por cualquier vía, para que los transfiera al extranjero o a otro lugar del territorio nacional, en los términos a que se refiere el artículo 81-A Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Marco jurídico

Los Centros Cambiarios y los Transmisores de Dinero están regulados por la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, particularmente los artículos 81-A, 81-A Bis, 81-B y 95-Bis, así como por las Disposiciones de carácter general relativas al registro de centros cambiarios y transmisores de dinero, y las Disposiciones de carácter general en materia de prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de financiamiento al terrorismo a que se refiere el artículo 95 Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, aplicables a los centros cambiarios y transmisores de dinero.

Registro de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero

El Registro de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero es público y consta de las inscripciones que cumplan con los requisitos que establecen las disposiciones legales aplicables, así como de las anotaciones y actualizaciones correspondientes.