Publicaciones Recientes

Preguntas sobre Estudio de Impacto Versión Rápida 

Este estudio aplica  para  Centrales  Eléctricas  que  realizan  una  solicitud  de  manera  independiente  y  con  una  capacidad en el rango entre 0.5 MW y 10 MW.

Centro Nacional de Control de Energía | 19 de julio de 2016

Para llevar a cabo la Interconexión de las Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga, el CENACE se encuentra obligado a definir las características de la infraestructura requerida para realizar la Interconexión o Conexión a solicitud del representante legal de la Central Eléctrica o del Centro de Carga. Lo anterior de acuerdo al artículo 33 de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Cumpliendo con lo dispuesto en la LIE, a fin de atender las solicitudes referidas de manera oportuna y transparente, CENACE determinó los “CRITERIOS mediante los que se establecen las características específicas de la infraestructura requerida para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga” (Criterios), publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 02 de junio de 2015.

¿Qué es un Estudio de Impacto Versión Rápida?

Aplica para Centrales Eléctricas que realizan una solicitud de manera Independiente y con una capacidad en el rango entre 0.5 MW y 10 MW, las cuales están sujetas a un estudio simplificado (“Impacto en el Sistema Versión Rápida”) por medio del cual se determinan las Obras para la Interconexión y los Refuerzos que se requieren para la Interconexión al Sistema Eléctrico Nacional.

Adicionalmente, se requiere de un Estudio de Instalaciones para documentar la cantidad, características de los Elementos y Equipos, así como los costos estimados de las Instalaciones.

¿Dónde realizo la solicitud de Estudio de Impacto Versión Rápida?

Para solicitar un Estudio de Impacto Versión Rápida, lo debes realizar por medio del Sistema de Atención a Solicitudes de Interconexión y Conexión (SIASIC) que se encuentra en la página web del CENACE.

/cms/uploads/image/file/191844/6.png

Para tener acceso al SIASIC debes registrarte, para lo cual solo requieres contar con un correo electrónico. Puedes consultar el Tutorial que CENACE ha preparado dentro del sistema SIASIC.

/cms/uploads/image/file/191845/7.png

¿Quién puede realizar la solicitud?

Debe ser el representante legal de la empresa quien realice la solicitud.

¿Qué información requiero para realizar una solicitud de Estudio de Impacto Versión Rápida?

Requieres contar con la siguiente información y documentación:

Razón Social de la Empresa

Domicilio fiscal de la Empresa

Acta constitutiva de la Empresa

Poder notarial

Comprobante de pago

Datos de facturación

Datos de devolución

Ubicación del proyecto

Coordenadas geodésicas (polígono) del proyecto

Dirección de la ubicación del proyecto

Coordenadas de la Subestación Eléctrica del proyecto

Punto de Interconexión deseado

Nivel de tensión del punto de interconexión deseado

Fecha de entrada en operación

Tecnología del proyecto

Capacidad de generación del proyecto

Anexo 4 (Información técnica requerida para la realización de estudios para Centrales Eléctricas), la cual podrás consultar en los Criterios.

¿Cómo anexo la información?

Mediante la plataforma SIASIC, llenando el formulario correspondiente y anexando la documentación en formato pdf.

Para mayor información, consulta el tutorial de Registro que se encuentra en la página del CENACE.

¿Tiene algún costo?

Si, el cual deberá ser cubierto al momento de realizar la Solicitud.

En la Tabla No. 1 de los Criterios se presentan los costos para la realización de los Estudios individuales para la interconexión de Centrales Eléctricas y los costos asociados. Cabe señalar que estos costos no incluyen IVA.

/cms/uploads/image/file/252422/Tabla_No._1._Costos_para_la_realizaci_n_de_los_Estudios_Individuales.png

¿En qué tiempo me entregan el Estudio?

El tiempo de atención es de 45 días hábiles. Estos tiempos de atención de la Solicitud de Estudio de Impacto Versión Rápida se encuentran en el Anexo 2 de los Criterios.

¿Tiene vigencia el Estudio?

Si, se tienen 10 días hábiles a partir de la entrega del oficio de respuesta de Estudio de Impacto Versión Rápida para solicitar la celebración del Contrato de Interconexión, de lo contrario perderá vigencia el Estudio realizado; de acuerdo a lo que marca el Criterio 32 del documento Criterios.

 

Contesta nuestra encuesta de satisfacción.
¿Cómo fue tu experiencia en gob.mx?

Imprime la página completa

La legalidad, veracidad y la calidad de la información es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.