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Preguntas sobre Contrato de Interconexión

Para solicitar un Contrato de Interconexión, se debe  realizar por medio del Sistema de Atención a  Solicitudes de Interconexión y Conexión (SIASIC).

Centro Nacional de Control de Energía | 19 de julio de 2016

Para llevar a cabo la Interconexión de las Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga, el CENACE se encuentra obligado a definir las características de la infraestructura requerida para realizar la Interconexión o Conexión a solicitud del representante legal de la Central Eléctrica o del Centro de Carga. Lo anterior de acuerdo al artículo 33 de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Cumpliendo con lo dispuesto en la LIE, a fin de atender las solicitudes referidas de manera oportuna y transparente, CENACE determinó los “CRITERIOS mediante los que se establecen las características específicas de la infraestructura requerida para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga” (Criterios), publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 02 de junio de 2015.

¿Cuándo debo solicitar el Contrato de Interconexión?

Si el Solicitante decide proceder a la construcción de las obras necesarias para la Interconexión o Conexión, y los Refuerzos en la RNT o en las RGD, tendrá veinticinco días hábiles, contados a partir de la entrega del reporte final del Estudio de Instalaciones, para formalizar el Contrato de Interconexión con el Transportista o Distribuidor, de conformidad con los términos y condiciones para la prestación de los servicios aprobados por la CRE, tomando en cuenta lo siguiente:

I. El Solicitante y el Transportista o Distribuidor, utilizarán los formatos de “Contrato d

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¿Quién puede realizar la solicitud?

Debe ser el representante legal de la empresa quien realice la solicitud.

¿Qué información requiero para realizar una solicitud de Contrato de Interconexión?

Es requisito para la firma del Contrato de Interconexión que el representante legal presente al CENACE lo siguiente:

  1. Carta aceptación de los resultados de los Estudios de Interconexión
  2. Acta Constitutiva de la empresa
  3. Poder Notarial
  4. Estudio Indicativo
  5. Estudio de Impacto en el Sistema
  6. Estudio de Instalaciones
  7. Permiso otorgado por la CRE en la modalidad solicitada (Permiso de Generador o Permiso Legado)
  8. Carta Compromiso de Construcción de Obras o Contrato de Construcción de Obra
  9. Documentos que acrediten el control del predio en donde se ubicará la Central Eléctrica.
  10. Plan de Trabajo a detalle para la Construcción de las Obras, indicando fecha de inicio y fecha de terminación.
  11. Para los Solicitantes en la Modalidad Individual, las Garantías Financieras correspondientes, establecidas en la sección 19, de los presentes Criterios, (Garantías Financieras).

No se permitirá la Interconexión de la Central Eléctrica si no se cuenta con el Contrato de Interconexión respectivo, debidamente formalizado y la comunicación del Transportista o Distribuidor de que se han atendido todos los Requerimientos Técnicos y Contractuales por las partes involucradas.

El CENACE no participará en la firma del Contrato de Interconexión.

¿Cómo anexo la información?

Mediante la plataforma SIASIC, llenando el formulario correspondiente y anexando la documentación en formato pdf.

Para mayor información, consulta el tutorial de Registro que se encuentra en la página del CENACE.

¿Tiene algún costo?

No, la solicitud de Contrato de Interconexión no tiene ningún costo.

e Interconexión” publicados por el Transportista o Distribuidor y aprobados por la CRE.

II. Para la formalización del Contrato de Interconexión o Conexión, es requisito haber concluido con todos los Estudios de Interconexión.

¿Dónde realizo la solicitud para Contrato de Interconexión?

Para solicitar un Contrato de Interconexión, lo debes realizar por medio del Sistema de Atención a Solicitudes de Interconexión y Conexión (SIASIC) que se encuentra en la página web del CENACE; utilizando el mismo número de Solicitud de Interconexión de Central Eléctrica (SICE) generado por SIASIC cando se solicitó el Estudio Indicativo o en su caso cuando se solicitó el Estudio de Impacto Versión Rápida.

 

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