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Notificación de factibilidad técnica de los Suministradores de Último Recurso

El Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) informara a la los Suministradores de Último Recurso (SUR) que inicia el proceso de asignación de Usuarios Calificados o Generadores Exentos.

Centro Nacional de Control de Energía | 20 de febrero de 2017

Notificación de factibilidad técnica de los Suministradores de Último Recurso

El Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) informara a la los Suministradores de Último Recurso (SUR) que inicia el proceso de asignación de Usuarios Calificados o Generadores Exentos.

La asignación de los Usuarios Calificados o Generadores Exentos se hará, utilizando los mecanismos de la RES/945/2015.

¿Cuándo informara el CENACE que inicia el proceso para la asignación de Usuarios Calificados o Generadores Exentos?

Cuando se actualicen los siguientes supuestos:

i. Se actualicen las condiciones establecidas en la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) respecto de un Suministrador de Servicios Calificados en cuanto al incumplimiento de sus obligaciones de pago o de garantía.

ii. Cuando un Suministrador de Servicios Calificados deje de prestar servicios a un Generador Exento o a un Usuario Calificado por cualquier motivo, sin que estos hayan elegido otro comercializador.

En caso de que se requiera que un SUR preste los servicios a un Usuario Calificado que aún no elija Suministrador de Servicios Calificados a aún no defina su condición como Participante de Mercado, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) informara a los SUR.

La notificación especificara la ubicación de los Centros de Carga y sus niveles de demanda o, en su caso, la ubicación de los Generadores Exentos y su producción en kilowatts-hora.

En ambos casos se utilizara los datos aportados por los Usuarios Calificados y los Generadores Exentos en su manifestación de interés en participar en los mecanismos de asignación.

¿Si ya recibí la notificación, que sigue?

Los SUR deberán notificar al CENACE, la factibilidad técnica para proveer el servicio donde estén ubicados los Generadores Exentos o Centros de Carga asignables.

Dicha notificación deberá efectuarse a más tardar al día hábil siguiente de la fecha de aviso o notificación por parte del CENACE.

¿Cómo notifico mi factibilidad técnica para proveer el servicio?

Mediante Oficio escrito libre debidamente formalizado, en el cual se manifieste la factibilidad técnica para proveer el servicio donde estén ubicados los Generadores Exentos o Centros de Carga asignables.

¿En dónde entrego mi Oficio?

En Oficinas del Corporativo CENACE, ubicadas en:

Boulevard Adolfo López Mateos No. 2157 Piso 11°, Col. Los Alpes, C.P. 01010, Del. Álvaro Obregón, Ciudad de México.

¿Cómo sabe un SUR que será elegible y considerarse habilitado?

Para poder aceptar Centros de Carga y producción de Generadores Exentos en condiciones no indebidamente discriminatorias deberá de cumplir:

I. Que tenga permiso de Suministro de Último Recurso vigente y que cumpla con las demás disposiciones aplicables.

II. Que haya declarado en tiempo y forma que existe factibilidad técnica para proveer el servicio donde estén ubicados los Generadores Exentos o Centros de Carga asignables

¿Qué sucede si solo hay un único SUR Habilitado?

Los Centros de Carga y la producción de Generadores Exentos, serán asignados a ese único SUR, en tanto esto sea técnicamente factible.

Cuando no exista algún SUR habilitado, los Suministradores de Servicios Básicos (SSB) proveerán el servicio de Suministro de Último Recurso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57 de la LIE.

Si solo existe único SSB, los Centros de Carga y la Producción de los Generadores Exentos se asignaran a este único SSB, hasta en tanto esto sea técnicamente factible.

¿Cómo sé si me fueron asignados Centros de Carga o Generadores Exentos?

El CENACE comunicara los resultados de la aplicación de los mecanismos de asignación a los SUR o SSB que resulten con asignaciones.

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