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Preguntas sobre Estudio Indicativo

El Estudio Indicativo tiene como objetivo principal retroalimentar al Solicitante para que evalúe la factibilidad de su proyecto y decida continuar con el proceso, en la modalidad Individual.

Centro Nacional de Control de Energía | 20 de julio de 2016

Para llevar a cabo la Interconexión de las Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga, el CENACE se encuentra obligado a definir las características de la infraestructura requerida para realizar la Interconexión o Conexión a solicitud del representante legal de la Central Eléctrica o del Centro de Carga. Lo anterior de acuerdo al artículo 33 de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

Cumpliendo con lo dispuesto en la LIE, a fin de atender las solicitudes referidas de manera oportuna y transparente, CENACE determinó los “CRITERIOS mediante los que se establecen las características específicas de la infraestructura requerida para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga” (Criterios), publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 02 de junio de 2015.

¿Qué es un Estudio Indicativo?

El Estudio Indicativo tiene como objetivo principal retroalimentar al Solicitante para que evalúe la factibilidad de su proyecto y decida continuar con el proceso, en la modalidad Individual o si cambia para formar parte del Proceso para la Planeación del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), ya que este estudio analiza de manera preliminar el impacto que se tiene en el SEN cuando se interconecta la Central Eléctrica bajo estudio.

¿Dónde realizo la solicitud de Estudio Indicativo?

Para solicitar un Estudio Indicativo, lo debes realizar por medio del Sistema de Atención a Solicitudes de Interconexión y Conexión (SIASIC) que se encuentra en la página web del CENACE.

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Para tener acceso al SIASIC debes registrarte, para lo cual solo requieres contar con un correo electrónico. Puedes consultar el Tutorial que CENACE ha preparado dentro del sistema SIASIC.

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¿Quién puede realizar la solicitud?

Debe ser el representante legal de la empresa quien realice la solicitud.

¿Qué información requiero para realizar una solicitud de Estudio Indicativo?

Requieres contar con la siguiente información y documentación:

Razón Social de la Empresa

Domicilio fiscal de la Empresa

Acta constitutiva de la Empresa

Poder notarial

Comprobante de pago

Datos de facturación

Datos de devolución

Ubicación del proyecto

Coordenadas geodésicas (polígono) del proyecto

Dirección de la ubicación del proyecto

Coordenadas de la Subestación Eléctrica del proyecto

Punto de Interconexión deseado

Nivel de tensión del punto de interconexión deseado

Fecha de entrada en operación

Tecnología del proyecto

Capacidad de generación del proyecto

¿Cómo anexo la información?

Mediante la plataforma SIASIC, llenando el formulario correspondiente y anexando la documentación en formato pdf.

Para mayor información, consulta el tutorial de Registro que se encuentra en la página del CENACE.

¿Tiene algún costo?

Si, y éste depende de la capacidad de la Central Eléctrica el cual deberá ser cubierto al momento de realizar la Solicitud.

En la Tabla No. 1 de los Criterios se presentan los costos para la realización de los Estudios individuales para la interconexión de Centrales Eléctricas y los costos asociados. Cabe señalar que estos costos no incluyen IVA.

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¿En qué tiempo me entregan el Estudio?

El tiempo varía dependiendo de la capacidad del proyecto de la Central Eléctrica. Los tiempos para la atención de la Solicitud de Estudio Indicativo se encuentran en el Anexo 2 de los Criterios.

¿Tiene vigencia el Estudio?

Si, se tienen 10 días hábiles a partir de la entrega del oficio de respuesta de Estudio Indicativo para solicitar el siguiente estudio (Impacto en el Sistema), de lo contrario perderá vigencia el Estudio realizado; de acuerdo a lo que marca el Criterio 30 del documento Criterios.

 

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