Aviso 001/2017.- El Centro Nacional de Control de Energía publicó el 27 de diciembre de 2016, a través del Diario Oficial de la Federación, los días de descanso obligatorio para su personal sindicalizado y de confianza para el año 2017, los cuales son considerados inhábiles en el organismo.

Para el próximo año se contemplan tres periodos vacacionales obligatorios, los cuales comprenden del 17 al 21 de abril, del 24 al 28 de julio, y del 25 al 29 de diciembre, así como los días festivos legales, contractuales y ajustados.

En el acuerdo, se especifíca que se consideran inhábiles para todos los efectos legales, los días comprendios durante la suspensión de labores señalados, por lo que durante ese periodo "no correrán los plazos que establecen las disposiciones legales aplicables".

No obstante, ello no será aplicable a los "procesos sustantivos de Planeación y Operación del Sistema, y Administración del Mercado Eléctrico Mayorista".

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