Objetivo

Aprobar, dirigir y coordinar la organización de la CEAV, así como sus directrices y lineamientos generales de actuación, a fin de proporcionar las instancias y mecanismos necesarios para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las víctimas.

Funciones

  • Ejercer las funciones y facultades previstas en el artículo 88 de la LGV.
  • Ejercer las facultades previstas en el artículo 32 del RLGV.
  • Aprobar la publicación de sus resoluciones y, en su caso, las versiones públicas de las mismas.
  • Deliberar y votar los proyectos de acuerdo que los Comisionados presenten.
  • Aprobar anualmente la política general de comunicación social.
  • Aprobar la política general de producción editorial.
  • Aprobar la agenda internacional anual.
  • Elegir y remover al Comisionado Presidente.
  • Autorizar la participación de sus integrantes a los eventos sustantivos a los que sea invitada la CEAV.
  • Designar representante del Pleno en el Comité de Información de la CEAV a propuesta del Comisionado Presidente.
  • Delegar, en su caso, entre sus integrantes, las facultades previstas en el artículo 88 fracciones II, V, VII, VIII, XV, XXIII y XXXIII de la LGV, de acuerdo a la especialización de atención por tipo de víctimas o de delitos y sobre la base de los lineamientos aprobados por el propio Pleno.
  • Realizar las acciones necesarias para que las víctimas de delito o de violaciones a derechos humanos en el orden común, tengan acceso a la atención, asistencia y protección, de conformidad con las normas aplicables, con los convenios de coordinación que se celebren al efecto o los acuerdos que se adopten en el seno del SNAV.
  • Resolver los recursos de revisión, en términos de lo dispuesto en el RLGV y demás disposiciones aplicables.
  • Implementar los lineamientos que en materia de racionalidad, austeridad y disciplina que al efecto expidan las autoridades competentes.
  • Aprobar las normas que regirán la operación y administración de la CEAV, así como sus reformas o adiciones.
  • Autorizar la descripción y perfil de puestos.
  • Aprobar las políticas de administración de servicios personales garantizando que el ingreso, la permanencia, el ascenso escalafonario y/o la baja correspondan a los méritos acreditados.
  • Conocer los avances del programa institucional y los planes de gestión, administración, control y evaluación de las distintas unidades administrativas de la institución a través de la presidencia de la CEAV.
  • Aprobar los mecanismos para el control y evaluación de las actividades de la CEAV, tomando en cuenta las disposiciones jurídicas aplicables.
  • Aprobar la concertación de los préstamos para el financiamiento de la CEAV con créditos internos y externos, así como observar los lineamientos que dicten las autoridades competentes en materia de manejo de disponibilidades financieras.
  • Aprobar los lineamientos generales, manuales de organización y demás ordenamientos que regulen el funcionamiento de las distintas áreas administrativas de la CEAV.
  • Formular propuestas, tramitar y dar seguimiento a proyectos de iniciativas de leyes y decretos por los que se expidan, adicionen, deroguen o reformen disposiciones legales en materia de víctimas, de conformidad con las disposiciones normativas aplicables.
  • Ejercer las demás atribuciones y facultades que le otorga la LGV, el RLGV, así como los demás ordenamientos legales y las disposiciones administrativas que resulten aplicables.