La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), publicó este día en el Diario Oficial de la Federación la Norma Emergente NOM-EM-003-ASEA, la cual establece especificaciones y criterios técnicos de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para el diseño, construcción, prearranque, operación y mantenimiento de las instalaciones terrestres de almacenamiento de petrolíferos.

Carlos de Regules, director ejecutivo de la ASEA, señaló que esta Norma es aplicable en todo el territorio nacional y que es de observancia obligatoria para todas las empresas dedicadas al almacenamiento, recepción y entrega de petrolíferos, excepto las que comercian gas licuado de petróleo.

El objetivo de la Norma emergente, subrayó, es asegurar a los participantes de este sector y a la ciudadanía en general, que el manejo de los hidrocarburos se da bajo los máximos estándares de seguridad, al contar con instalaciones que contribuyan a mantener un almacenamiento seguro de los petrolíferos, dando así certidumbre técnica y jurídica al mercado existente y a los nuevos participantes del mercado energético.

Esta Norma-que forma parte de las medidas anunciadas por el Gobierno de la República en meses recientes- establece que los sitios de almacenamiento de petrolíferos ubicados en la Zona Metropolitana del Valle de México deben incluir un sistema de recuperación de vapores con parámetros específicos para reducir la emisión de compuestos orgánicos volátiles (COV) a la atmósfera.

Con una vigencia de seis meses, esta NOM podrá prorrogarse por el mismo periodo de tiempo y contribuirá a dar certidumbre técnica y jurídica a los regulados, ya que establece las bases de la próxima Norma Oficial que sustituirá a la actual emergente.