En la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente puedes realizar trámites de impacto y riesgo ambiental, cambio de uso de suelo, sitios contaminados, atmósfera, residuos, terceros, sistemas de administración y seguros.

Cada uno de éstos conlleva diversos requisitos y en algunos casos el pago de los derechos correspondientes. Para realizar estos trámites ponemos a tu disposición la siguiente información.

PAGO DE TRÁMITES

Los trámites y servicios que proporciona la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), y sus órganos desconcentrados (ASEA, CONANP, PROFEPA, CONAGUA, IMTA),  y que requieren el pago de los derechos correspondientes, pueden realizarse en el Esquema E5cinco.

¿Qué es el Esquema E5cinco?

Es un proyecto coordinado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y la Secretaría de la Función Pública (SFP), cuyo objetivo es facilitar el pago de derechos, productos y aprovechamientos (DPAs) de las dependencias de la Administración Pública Federal.

Podrás ingresar aquí al Esquema E5cinco.

/cms/uploads/image/file/190120/teclado_tr_mites.jpg

¿Cómo se realiza el pago de un trámite ante ASEA con el esquema E5cinco?

  1. Si es la primera vez que utilizas el esquema E5cinco, da clic en el botón “Regístrate” y llena los datos que te solicitan para crear tu usuario y contraseña.  Necesitas una dirección de correo electrónico, tu RFC y CURP. Si ya cuentas con tu usuario puedes ingresar y obtener una hoja prellenada con tus datos.
  2. Una vez que ingreses, selecciona ASEA del menú de sector ambiental.
  3. Busca tu trámite por nombre o por Dirección General.
  4. Descarga la hoja de ayuda.
  5. Acude a tu institución bancaria y realiza el pago correspondiente.
  6. Una vez realizado el pago,  acude a la ventanilla de trámites de ASEA ubicada Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209 (Periférico Sur), Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Ciudad de México.

¿En qué bancos puedo realizar el pago electrónico?

Consulta la lista de las instituciones bancarias aquí.

/cms/uploads/image/file/190122/TR_MITES.jpg

MODALIDADES DE PAGO

Pago en efectivo

  1. Con la hoja de ayuda recibida, deberás acudir a cualquier Institución bancaria autorizada a realizar el pago en ventanilla.
  2. La Institución bancaria te entregará como comprobante de pago un recibo bancario (verificar que la clave de referencia y la cadena de la dependencia de tu recibo sean las mismas que las de la hoja de ayuda). 

Con cheque

  1. El cheque deberá ser expedido a favor de la “Tesorería de la Federación”, deberá llevar en el reverso la leyenda "Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo: (nombre del contribuyente), con RFC del contribuyente, para abono en la cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación". 
  2. Con la hoja de ayuda recibida deberás acudir a cualquier institución bancaria emisora del cheque y autorizada para realizar el pago.
  3. Debes emitir un cheque por cada hoja de ayuda que tramites. El pago deberá efectuarse en cualquier sucursal de la institución bancaria emisora del cheque.

Transferencia electrónica de fondos

         1. Con la hoja de ayuda recibida, ingresa en el portal de internet de la institución bancaria autorizada (pago de contribuciones federales) y proporciona los siguientes datos: 

  • Personas físicas: nombre(s) y apellidos, RFC y/o CURP.
  • Personas morales: denominación o razón social y RFC.
  • Dependencia, entidad, órgano u organismo al que corresponda el pago.
  • Periodo de pago, en su caso.
  • Cadena de la dependencia (catorce caracteres alfanuméricos).
  • Clave de referencia (nueve caracteres numéricos).
  • Cantidad a pagar por DPA’s, cantidad principal, recargos, actualizaciones, IVA que correspondan.

2. Verifica tus datos antes de confirmar la operación.

¿Cuántos días tengo para realizar el pago?

La hoja de ayuda y el monto ahí presentado, tendrán validez en tanto no hayan sido modificados los montos de la Ley Federal de Derechos que dieran origen a los montos a pagar, o en su defecto se hayan publicado y entrado en vigor nuevos lineamientos o disposiciones en la materia.

¿Puedo realizar un pago complementario?

Sí, el esquema E5cinco tiene la opción de pago complementario. Éste funciona cuando hay cambio de tarifas y debas pagar la diferencia. Para realizarlo, debes tener tu hoja de ayuda a la mano porque el sistema te pedirá la cadena de la dependencia y la fecha en que solicitaste el servicio.

¿Dónde puedo facturar mi pago de derechos?

Respecto a la obtención del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por el pago correspondiente a derechos y/o aprovechamientos mediante el esquema e5cinco, es importante resaltar los siguientes puntos:

1.   El Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualmente genera los CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) por el pago de Derechos, Productos y Aprovechamientos Federales captados a través del esquema e5cinco.

2.   El SAT solo emite los CFDI de aquellos pagos en los que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el sistema e5cinco, de acuerdo a las bases de datos institucionales.

3.   A la fecha el SAT ha emitido los CFDI de los pagos realizados en 2015 y está en proceso de emitir los correspondientes a 2016.

Los comprobantes (XML y representación impresa) se pueden recuperar del portal de SAT en la sección de “Factura Electrónica”, como se indica a continuación:

PASO 1.     Ingresar a la dirección http://www.sat.gob.mx/ y seleccionar “Trámites”

     PASO 2.     Seleccionar “Factura electrónica”

PASO 3.     Seleccionar “Consultar, Cancelar y Recuperar”

PASO 4.     Ingresar datos requeridos, RFC (Registro Federal de Contribuyentes) y Contraseña o FIEL (Firma Electrónica Avanzada)

PASO 5.     Seleccionar “Consultar Facturas Recibidas”

PASO 6.     Marcar la opción “Fecha de Emisión” y en “RFC Emisor” escribir el correspondiente al SAT. Después dar clic en el botón “Buscar CFDI”

 

RECOMENDACIONES

  1. Haz todos tus pagos por separado para evitar confusiones al momento de presentar cualquier tipo de aclaración o reclamación.
  2. Si te equivocas al pagar un trámite debes solicitar en la ASEA una constancia de servicio no prestado. Con ésta, tu recibo bancario y oficio, podrás solicitar ante el SAT la devolución de tu recurso por “pago de lo indebido”.
  3. Toda la información sobre los requisitos de cada trámite que puedes realizar con nosotros están en la siguiente liga: Trámites ASEA.